Procedimiento administrativo para la obtención de licencia de obras en suelo rústico
En el documento adjunto a esta publicación puede descargarse el procedimiento administrativo necesario para la obtención de licencia de obras en zona rústica para los siguientes casos:
OBRAS MAYORES SIN LICENCIA AMBIENTAL. Regulado en los artículos 306 y siguientes del Decreto 22/2004, de 29 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León.
OBRAS MAYORES CON LICENCIA AMBIENTAL. Cuando además de la obtención de Licencia urbanística sea necesaria la obtención de Licencia Ambiental de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León.
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Bando sobre restos de poda y jardín
El Ayuntamiento ha habilitado la finca anexa al cementerio municipal para verter en ella los restos de poda y jardín (lunes a viernes de 10.30 a 14.00 horas) y, por ello, queda totalmente prohibido depositar este tipo de residuos en otro lugar del municipio.